Documentos de deudas y calendario mostrando el paso del tiempo para prescripción en Perú

¿Qué es la Prescripción de Deudas?

La prescripción extintiva es una figura jurídica regulada en el Código Civil peruano (Arts. 1989-2002) que establece que, transcurrido un determinado plazo sin que el acreedor haya ejercido su derecho a cobrar una deuda por vía judicial, pierde la posibilidad de exigirla legalmente.

En términos sencillos: si tu acreedor (banco, empresa, persona) no te demanda dentro de un plazo específico, ya no puede obligarte a pagar mediante un proceso judicial. La deuda no desaparece, pero se convierte en una "obligación natural" que no puede ser cobrada por la fuerza.

Prescripción extintiva vs. caducidad

No confundas prescripción con caducidad. La prescripción extingue la acción (el derecho a demandar), pero la obligación sigue existiendo como obligación natural. La caducidad, en cambio, extingue el derecho mismo. Además, la prescripción puede interrumpirse y debe ser alegada por el deudor; la caducidad es declarada de oficio por el juez. La base legal esta en los Arts. 1989 al 2002 del Código Civil.

Principios Clave de la Prescripción

Plazos de Prescripción por Tipo de Deuda

Los plazos de prescripción varian según el tipo de obligación. A continuación, la tabla completa con los plazos aplicables en Perú:

Tipo de Deuda Plazo de Prescripción Base Legal
Deuda bancaria (prestamos personales) 10 años Art. 2001 inc. 1 del Código Civil
Tarjetas de crédito 10 años Art. 2001 inc. 1 del Código Civil
Deudas entre particulares (contratos) 10 años Art. 2001 inc. 1 del Código Civil
Deudas con garantía hipotecaria 10 años Art. 2001 inc. 1 del Código Civil
Deudas tributarias SUNAT (determinación) 4 años Art. 43 del Código Tributario
Deudas tributarias SUNAT (sin declaración) 6 años Art. 43 del Código Tributario
Deudas laborales (beneficios sociales) 4 años Ley 27321 - Ley de Prescripción Laboral
Letras de cambio 3 años Art. 96 de la Ley de Títulos Valores
Pagares 3 años Art. 96 de la Ley de Títulos Valores
Cheques 3 años Art. 96 de la Ley de Títulos Valores
Servicios públicos (agua, luz, teléfono) 2 años Art. 2001 inc. 4 del Código Civil
Alquileres impagos 2 años Art. 2001 inc. 4 del Código Civil (pensiones alimenticias, alquiler)
Honorarios profesionales 2 años Art. 2001 inc. 4 del Código Civil
Responsabilidad extracontractual 2 años Art. 2001 inc. 4 del Código Civil
Cobro de multas administrativas 5 años Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General

Cuidado con los pagares y letras de cambio

Si firmaste un pagare o letra de cambio como garantía de un prestamo bancario o deuda con una financiera, el plazo de prescripción es de solo 3 años (no 10 años). Esto porque la Ley de Títulos Valores (Ley 27287) establece un plazo especial más corto. Si te están cobrando un pagare firmado hace más de 3 años, podría estar prescrito. Consulta con un abogado para verificar tu caso.

¿Desde Cuando se Cuenta el Plazo?

El momento desde el cual se empieza a contar el plazo de prescripción depende del tipo de obligación. Según el Art. 1993 del Código Civil:

Regla General

La prescripción comienza a correr desde el día en que puede ejercitarse la acción, es decir, desde que la deuda se hace exigible:

Ejemplo práctico: prescripción de deuda bancaria

Juan tomo un prestamo bancario en enero de 2015 con cuotas mensuales. Dejo de pagar en marzo de 2016. El banco nunca lo demando ni le envio carta notarial. Para la cuota de marzo de 2016, la prescripción se completa en marzo de 2026 (10 años). Sin embargo, si Juan hizo un pago parcial en 2020 o firmo un documento reconociendo la deuda, el plazo se interrumpio y empezo a contar de nuevo desde ese momento.

Como se Interrumpe la Prescripción

La prescripción puede interrumpirse, lo que significa que el plazo se reinicia completamente desde cero. Según el Art. 1996 del Código Civil, las causas de interrupción son:

Causas de Interrupción

Causa de Interrupción Descripción Efecto
Reconocimiento de la deuda El deudor reconoce expresamente la obligación (firma un documento, envia un correo aceptando la deuda) El plazo se reinicia desde la fecha del reconocimiento
Pago parcial El deudor realiza un abono o pago parcial de la deuda El plazo se reinicia desde la fecha del pago
Intimación judicial El acreedor notifica judicialmente al deudor (demanda, medida cautelar) El plazo se reinicia desde la notificación
Citación con la demanda El deudor es formalmente notificado con la demanda de cobro El plazo se reinicia desde la citación valida

NO hagas pagos parciales si tu deuda esta por prescribir

Este es el error más comun. Los cobradores de deudas te llamaran insistentemente ofreciendo "descuentos" o "facilidades de pago". Si tu deuda esta cerca de prescribir, cualquier pago parcial, por mínimo que sea, reinicia el plazo de prescripción desde cero. Tampoco firmes documentos de reconocimiento de deuda, solicitudes de refinanciamiento o acuerdos de pago. Si recibes presión de cobradores, conoce tus derechos para evitar estafas y fraudes de empresas de cobranza.

Suspensión de la Prescripción

A diferencia de la interrupción, la suspensión solo detiene el conteo del plazo temporalmente, sin reiniciarlo. Cuando la causa de suspensión desaparece, el plazo continua donde se quedo. Las causas de suspensión (Art. 1994 CC) incluyen:

Como Alegar Prescripción (Procedimiento)

La prescripción no opera de oficio: el juez no la declarara automaticamente aunque hayan pasado 20 años. Tu debes alegarla. Existen dos formas de hacerlo:

1. Como Excepción (dentro de un proceso judicial)

Si el acreedor te demanda por una deuda que consideras prescrita, puedes presentar una excepción de prescripción extintiva dentro del proceso judicial:

1

Recibe la notificación de la demanda

Cuando te notifiquen con la demanda de cobro, verifica la fecha desde la cual se reclama la deuda y calcula si ha transcurrido el plazo de prescripción correspondiente.

2

Consulta con un abogado

Un abogado especialista evaluara si efectivamente la deuda esta prescrita, verificando que no haya habido interrupciones del plazo (pagos parciales, reconocimientos de deuda, demandas anteriores).

3

Presenta la excepción de prescripción

Tu abogado presentara la excepción de prescripción extintiva dentro del plazo para contestar la demanda. El juez evaluara los argumentos y, si la deuda esta efectivamente prescrita, declarara fundada la excepción y archivara el proceso.

4

Resolución del juez

El juez emitira una resolución declarando fundada o infundada la excepción. Si es fundada, el proceso se da por concluido y el acreedor ya no podrá demandarte por esa deuda.

2. Como Demanda (acción declarativa)

Incluso si el acreedor no te ha demandado, puedes iniciar una demanda de prescripción extintiva para que el juez declare que la deuda esta prescrita. Esto es útil para:

La prescripción te protege, pero necesitas alegarla

Muchas personas desconocen que tienen derecho a alegar la prescripción de sus deudas. Si tienes una deuda antigua y crees que ha pasado el plazo de prescripción, no la ignores: consulta con un abogado para que te asesore sobre como alegarla formalmente. Si necesitas resolver la situación de forma amigable primero, considera una conciliación extrajudicial.

Prescripción e Infocorp

Una de las preguntas más frecuentes es: ¿si mi deuda prescribio, Infocorp me borra? La respuesta tiene matices importantes.

¿Cuánto tiempo dura un reporte negativo en Infocorp?

Según la Ley N 27489 (Ley que regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos), la información negativa sobre incumplimiento de obligaciones puede permanecer en las centrales de riesgo por un máximo de 5 años contados desde:

¿Cómo eliminar tu reporte de Infocorp por deuda prescrita?

Para más información sobre como manejar tus reportes crediticios, consulta nuestra guía completa sobre Infocorp y deudas.

Infocorp no es lo mismo que prescripción

Que tu deuda haya prescrito no significa que automaticamente desaparezcas de Infocorp. Son cosas distintas: la prescripción es una figura del Código Civil que afecta la exigibilidad judicial de la deuda; Infocorp es una central de riesgo privada que registra tu historial crediticio. Para salir de Infocorp necesitas: pagar la deuda, esperar 5 años desde la extinción, o obtener una sentencia judicial de prescripción. Conoce más sobre el tema de embargo por deudas.

Deudas que NO Prescriben

No todas las obligaciones están sujetas a prescripción. Las siguientes deudas no prescriben o tienen reglas especiales:

Tipo de Obligación Prescripción Observaciones
Pensión de alimentos devengada NO prescribe (mientras dure la obligación) Las pensiones ya liquidadas prescriben a los 2 años, pero la obligación alimentaria en si no prescribe
Acción de petición de herencia NO prescribe Art. 664 del Código Civil. Un heredero siempre puede reclamar su parte
Acción reivindicatoria (propiedad) NO prescribe El propietario siempre puede reclamar su bien, salvo prescripción adquisitiva del poseedor
Deudas reconocidas por sentencia firme 10 años para ejecutar la sentencia La deuda no prescribe, pero si la acción para ejecutar la sentencia
Obligaciones tributarias con delito fiscal Sujeta a la prescripción del delito penal Si hay delito de defraudación tributaria, los plazos son mayores

La pensión de alimentos tiene reglas especiales

La obligación alimentaria no prescribe mientras exista el estado de necesidad del alimentista. Sin embargo, las pensiones devengadas (cuotas ya liquidadas y no cobradas) prescriben a los 2 años. Esto significa que si te deben pensiones de alimentos y no las cobras en 2 años, pierdes el derecho a esas cuotas especificas (no a la obligación futura). Para más detalles, consulta nuestra guía sobre pensión de alimentos.

Situaciones Especiales

Preguntas Frecuentes

No exactamente. La prescripción extintiva no elimina la deuda, sino que extingue el derecho del acreedor a exigirla judicialmente. Esto significa que la deuda sigue existiendo como "obligación natural", pero el acreedor ya no puede demandarte ni cobrarte por la fuerza. Si pagas voluntariamente una deuda prescrita, no puedes pedir la devolución del pago (Art. 1275 del Código Civil). En la práctica, esto significa que las empresas de cobranza pueden seguir llamandote, pero no pueden obligarte legalmente a pagar.

Si. Las deudas de tarjeta de crédito prescriben a los 10 años contados desde la fecha en que la deuda se hizo exigible (desde que dejaste de pagar). Si han pasado más de 10 años sin que el banco te haya demandado judicialmente y sin que hayas reconocido la deuda ni hecho pagos parciales, puedes alegar prescripción. Es importante verificar que no haya habido interrupciones del plazo: si en algun momento firmaste un documento de reestructuración o hiciste un pago, el plazo se reinicio desde ese momento.

Depende del momento. Si el pago se realiza antes de que se complete el plazo de prescripción, ese pago constituye un reconocimiento tacito de la obligación, lo cual interrumpe la prescripción y reinicia el conteo desde cero (Art. 1996 inc. 2 del Código Civil). Sin embargo, si el pago se realiza después de que la deuda ya prescribio, no hay reinicio del plazo porque la prescripción ya se consumo. En este último caso, el pago es voluntario y no puede ser repetido (Art. 1275 CC). Por eso, si crees que tu deuda esta por prescribir, NO hagas ningun pago parcial.

Según la Ley N 27489 (Ley de Centrales de Riesgo), la información negativa en Infocorp puede mantenerse hasta 5 años desde que la deuda fue pagada, refinanciada o extinguida. Si la deuda prescribio, se considera extinguida para efectos de Infocorp, por lo que el reporte debería eliminarse 5 años después de la fecha de prescripción. Puedes solicitar la eliminación del reporte directamente a Equifax/Infocorp o presentar un reclamo ante la SBS. La forma más segura es obtener una sentencia judicial de prescripción. Para más información, consulta nuestra guía sobre Infocorp y deudas.

En Perú, la pensión de alimentos no prescribe mientras dure la obligación alimentaria (aunque las cuotas devengadas si prescriben a los 2 años). Tampoco prescriben la acción de petición de herencia (Art. 664 CC), la acción reivindicatoria del propietario (Art. 927 CC), ni las obligaciones derivadas de delitos de lesa humanidad. Las deudas reconocidas mediante sentencia judicial firme no prescriben en si mismas, aunque la acción para ejecutar la sentencia prescribe a los 10 años. Es importante consultar cada caso específico con un abogado.

Recomendación final

Si tienes deudas antiguas que crees prescritas, no tomes decisiones sin asesorarte. Un pago parcial o un reconocimiento de deuda (incluso verbal registrado) puede reiniciar el plazo de prescripción. Consulta con un abogado especialista en derecho civil para que revise tu caso, verifique los plazos y te asesore sobre la mejor estrategia: alegar prescripción, negociar un descuento o pagar la deuda. Si los cobradores te acosan o amenazan, recuerda que eso puede constituir una infracción que puedes denunciar ante Indecopi. Consulta nuestra guía sobre embargo por deudas para conocer que bienes pueden y no pueden embargarte.