Madre e hijo representando la pensión de alimentos en Perú

¿Qué es la Pensión de Alimentos?

La pensión de alimentos es el derecho que tiene toda persona (especialmente los hijos) de recibir de sus familiares los recursos necesarios para subsistir. Comprende alimentación, vivienda, vestido, educación, atención médica, recreación y todo lo necesario para el desarrollo integral.

Derecho fundamental

La pensión de alimentos es un derecho irrenunciable e imprescriptible. Los hijos tienen derecho a alimentos hasta los 18 años, o hasta los 28 si siguen estudios superiores exitosamente.

¿Quiénes pueden demandar alimentos?

¿Cuánto es la Pensión de Alimentos?

La ley establece que la pensión no debe exceder el 60% de los ingresos del obligado. El monto se fija considerando:

Criterios para determinar el monto

Montos Referenciales 2026

Situación del Obligado Porcentaje Usual
Trabajador con ingresos fijos (1 hijo) 20% - 30% del sueldo
Trabajador con ingresos fijos (2 hijos) 35% - 45% del sueldo
Trabajador con ingresos fijos (3+ hijos) 50% - 60% del sueldo
Trabajador independiente (monto fijo) S/ 500 - S/ 1,500 por hijo
Sin trabajo demostrado 1 RMV (S/ 1,025 en 2026)

Para obtener un estimado personalizado según tu situación, puedes usar nuestra calculadora de pensión de alimentos.

Porcentaje del Sueldo Destinado a Pensión de Alimentos Máximo legal: 60% de los ingresos (Art. 648 CPC) 1 hijo 20% - 30% 2 hijos 35% - 45% 3+ hijos 50% - 60% Máximo 60% 0% 20% 40% 60% 80%+
Porcentajes referenciales. El juez determina el monto según las necesidades del hijo y posibilidades del obligado.

Importante

Aunque el padre no tenga trabajo, el juez puede fijar una pensión mínima basándose en la remuneración mínima vital (RMV). La falta de trabajo no exime de la obligación alimentaria.

Requisitos para Demandar Alimentos

Proceso de Demanda de Alimentos

1

Preparar la demanda

Con abogado o a través de una Defensoría Municipal del Niño (DEMUNA), se prepara la demanda con todos los documentos.

2

Presentar demanda en Juzgado de Paz Letrado

La demanda se presenta en el juzgado del domicilio del demandante o del demandado.

3

Notificación al demandado

El juzgado notifica al demandado, quien tiene 5 días para contestar.

4

Audiencia única

El juez convoca audiencia donde se busca conciliación y, de no haber acuerdo, se actúan las pruebas.

5

Sentencia

El juez emite sentencia fijando el monto de la pensión y la forma de pago.

Asignación Anticipada de Alimentos

Es posible solicitar una asignación anticipada mientras dura el proceso. El juez puede otorgar hasta el 60% del monto demandado de forma provisional.

La asignación anticipada es especialmente importante porque el proceso judicial puede demorar meses. Para solicitarla necesitas:

El juez puede otorgar hasta el 60% de la pensión solicitada como asignación anticipada. Este monto se descuenta luego de la pensión definitiva que fije el juez. Para calcular un estimado, usa nuestra calculadora de pensión de alimentos.

Ventaja del proceso de alimentos

El proceso de alimentos es gratuito en tasas judiciales. Además, si no tienes abogado, la DEMUNA de tu municipalidad puede ayudarte gratuitamente.

¿Qué pasa si no paga la pensión?

Consecuencias del incumplimiento

Modificación y Extinción de la Pensión de Alimentos

La pensión de alimentos no es fija para siempre. Puede modificarse cuando cambian las circunstancias:

¿Cuándo se puede pedir aumento?

¿Cuándo se puede pedir reducción?

Procedimiento: Para modificar la pensión, se debe presentar una nueva demanda ante el mismo juzgado que fijó la pensión original, adjuntando pruebas del cambio de circunstancias. No se puede dejar de pagar unilateralmente esperando que el juez reduzca el monto.

¿Cuándo se extingue la pensión?

Pensión de Alimentos para Hijos Extramatrimoniales

Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen exactamente los mismos derechos que los hijos matrimoniales (Art. 6 de la Constitución). Para demandar pensión de alimentos se requiere:

Si el padre reconoció al hijo

Si el padre aparece en la partida de nacimiento, el proceso es igual que para hijos matrimoniales. Se presenta la demanda con la partida de nacimiento como prueba de la filiación.

Si el padre NO reconoció al hijo

Se debe iniciar primero un proceso de filiación extramatrimonial (reconocimiento de paternidad). Desde la Ley N° 28457, este proceso es más rápido:

  1. Se presenta la demanda con indicios razonables de paternidad.
  2. El juez ordena una prueba de ADN.
  3. Si el demandado no se opone en 10 días o si la prueba de ADN es positiva, se declara la paternidad.
  4. Con la paternidad declarada, se puede demandar inmediatamente la pensión de alimentos.
La prueba de ADN es gratuita cuando el demandante no tiene recursos económicos. El costo normal es de S/ 1,500 a S/ 3,000 en laboratorios privados, pero el juez puede ordenar que el costo sea asumido por el demandado si se comprueba la paternidad.

Mientras se resuelve la filiación, se puede solicitar una asignación anticipada de alimentos si existen pruebas suficientes de la paternidad (fotos, conversaciones, testimonios). Consulta también nuestra guía sobre tenencia de hijos para entender quién obtiene la custodia.

Costos del Proceso

Concepto Costo
Tasas judiciales Gratuito
Abogado particular S/ 500 - S/ 2,000
DEMUNA (gratuito) S/ 0
Prueba de ADN (si se requiere) S/ 400 - S/ 800

Preguntas Frecuentes

Sí, puedes demandar alimentos y reconocimiento de paternidad en el mismo proceso. El juez ordenará la prueba de ADN y, de confirmarse la paternidad, fijará los alimentos.

Depende de las posibilidades del obligado. Si el padre puede costear educación privada y el hijo ya estudiaba en colegio particular, el juez puede incluirlo en la pensión.

Sí, puedes solicitar aumento cuando las necesidades del hijo aumentan (ej: ingreso a universidad) o cuando mejoran los ingresos del obligado. También se puede pedir reducción si las circunstancias cambian.

Hasta los 18 años, o hasta los 28 años si el hijo estudia exitosamente una carrera universitaria o técnica. También puede extenderse si el hijo tiene incapacidad física o mental.

Se puede demandar mediante exhorto internacional. Perú tiene convenios con varios países para el cobro de alimentos. Se puede solicitar impedimento de salida si el padre está en Perú.

CR
Escrito y revisado por
Carlos Eduardo Ramirez Torres
Abogado Especialista en Derecho de Familia y Sucesiones · CAL N° 58742

Abogado por la UNMSM con Maestria en Derecho Civil por la PUCP. Mas de 12 anos de experiencia en litigacion familiar. Ha tramitado mas de 800 procesos ante los Juzgados de Familia de Lima. Colegiado en el CAL N° 58742.